Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 822/00-R
Fecha: 31-Ago-2000
4.
4. A la conclusión de la audiencia el Tribunal de Amparo, en virtud de los antecedentes expuestos dicta Sentencia a fs.82-83, declarando improcedente el Recurso planteado a fs. 12-13 con el fundamento de que el Recurso está interpuesto únicamente contra Sofie Van Renterghem y no así contra los demás miembros del Comité ad-hoc del Directorio y que en audiencia pública, la recurrente ratifica su renuncia irrevocable al cargo de Presidenta del mencionado Comité y al haber cesado en sus funciones, en estricto cumplimiento del art. 96-2) última parte de la Ley Nº 1836, el presente Recurso resulta inviable.