SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 823/00-R
Fecha: 31-Ago-2000
1.
1. Efectuada la audiencia pública en 26 de julio de 2000, el abogado del recurrente ratifica los términos de la demanda, manifestando que el recurrente ejercía las funciones de Cardiólogo en la Caja Nacional de Salud, Regional Tarija y ante la Convocatoria lanzada por la Caja Nacional de Salud renunció al cargo para habilitarse, habiéndose presentado como postulante a dicha Convocatoria, como lo certifican los documentos que corren a fs. 2 y 4, haciendo notar que la misma ha sido lanzada por la Caja Nacional de Salud Médica, Regional Tarija, para proveer el Item No 63/79 de Cardiólogo. Indica que el Acta de la Asamblea Extraordinaria (fs. 6-7) no lleva firmas, siendo por tanto, un documento nulo, al igual la Resolución Nº 0014/00 (fs. 8-9) que no tiene fecha de emisión.