Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 823/00-R
Fecha: 31-Ago-2000
4.
4. A la conclusión de la audiencia el Tribunal de Amparo, en virtud de los antecedentes expuestos, dicta Sentencia a fs. 17 declarando improcedente el Recurso planteado a fs. 10-11 con fundamento de que conforme a las normas señaladas en los arts. 16 y 17 del Reglamento del Concurso de Méritos y Examen de Competencia y otras, el Comité de Institucionalización y de Incompatibilidades ha obrado de acuerdo a ley y que la Resolución Nº 0014/00 no viola las garantías establecidas en la Constitución Política del Estado.