Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 850/00-R
Fecha: 12-Sep-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª) de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Resolución cursante a fs. 10, pronunciada el 10 de agosto de 2000 por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, debiendo darse aplicación al art. 102 - III de la Ley No. 1836 en cuanto a la imposición de costas y multa al recurrente.