Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 886/2000-R
Fecha: 22-Sep-2000
al haber dispuesto se libre directamente mandamiento de aprehensión contra los recurrentes para que presten su declaración indagatoria sin haberlos citado previamente con el mandamiento de comparendo, incurriendo en persecución indebida
Que en el caso de autos, la norma legal citada ha sido transgredida por la autoridad recurrida al haber dispuesto se libre directamente mandamiento de aprehensión contra los recurrentes para que presten su declaración indagatoria sin haberlos citado previamente con el mandamiento de comparendo, incurriendo en persecución indebida, Así lo reconoce la uniforme Jurisprudencia Constitucional, cuando define que ésta se da, entre otros casos, “cuando se emita una orden de detención, captura o aprehensión al margen de los casos previstos por ley e incumpliendo las formalidades y requisitos establecidos”.