Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 012/2001-R
Fecha: 10-Ene-2001
22 de marzo de 2000
2. Que por Auto de 22 de marzo de 2000 la autoridad recurrida rechazó la oposición al desapoderamiento planteado por Gladys Ruiz de Arce disponiendo se libre mandamiento de desapoderamiento a fin de que se entregue el inmueble al recurrente, Auto que apelado fue confirmado por la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Santa Cruz (fs. 128-129; 131-132; 181).
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- improcedente
- el recurrente se adjudicó el inmueble de propiedad del ejecutado, suscribiéndose la correspondiente minuta de venta judicial el 27 de octubre de 2000, inscrita en el Registro de Derechos Reales el 20 de noviembre del mismo año
- 22 de marzo de 2000
- procedente el Recurso, disponiendo la nulidad de obrados hasta que el Juez abra término de prueba respecto al incidente promovido por la recurrente, Resolución que fue aprobada mediante Sentencia Constitucional Nº 873/2000-R de 21 de septiembre de 2000 dictada por este Tribunal
- 17 de agosto de 2000
- Fragmento 8