Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 001/2001
Fecha: 09-Ene-2001
III.2
III.2 Que, como respaldo de la precitada Resolución únicamente existe la carta SAM/GAR/113/99 de 12 de marzo de 1999, por medio de la cual el Gerente General de SAMAPA solicita al ex Alcalde Municipal de La Paz, “apruebe inicialmente una Resolución y posteriormente gestione su homologación ante el Concejo” determinando la reversión al Municipio del señalado inmueble; y también afirma que “...SAMAPA en cumplimiento de dichas Ordenanzas o Resoluciones revertiría dichos Bienes al dominio Municipal, con plena aprobacion de su Directorio...”.