Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1057/01-R
Fecha: 02-Oct-2001
3.
3. Concluida la audiencia la Jueza de Hábeas Corpus pronuncia Sentencia que declara improcedente el Recurso con el fundamento de que: el proceso laboral fue debidamente tramitado dentro del cual el recurrente asumió personería jurídica por ser socio de SERVIGRAF, encontrándose la causa en ejecución de sentencia.
- Vistos
- Considerando:
- 2.
- 3.
- “un juez o tribunal judicial, a tiempo de sustanciar un proceso, lesiona la garantía constitucional del debido proceso, el mismo que exige que los litigantes tengan el beneficio de la justicia imparcial ante los tribunales y que sus derechos se acomoden por las disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar; es decir, implica el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo, lo que importa a su vez el derecho a la defensa y a un juez imparcial. Asimismo, el procesamiento ilegal o indebido se produce por la infracción de las disposiciones legales procesales, es decir, los procedimientos y formalidades establecidas por Ley”,
- improcedente
- Por tanto: