SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1067/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1067/01-R

Fecha: 04-Oct-2001

2.

2.   Por su parte el Juez recurrido informa los siguientes aspectos: 1) que existen dos querellas, por el delito de robo de vehículo en contra de Erwin Escalante y del recurrente a quien se detiene como consecuencia de la declaración informativa del primero de los nombrados que lo señala como partícipe del hecho sucedido el 24 de agosto del año en curso dentro de la investigación que realiza el Ministerio Público con la facultad que le confiere el art. 226 de la Ley N° 1970;  2) existe dentro de la querella planteada una fotografía en la que supuestamente se encuentra el recurrente la que fue tomada en el momento del robo del motorizado cursando la imputación  del Ministerio Público y la parte querellante que como víctima también la Ley la protege en su derecho constitucional de propiedad, por lo cual procedió a la detención del recurrente aplicando el art. 233 del nuevo Código de Procedimiento Penal por considerar que es autor o partícipe del hecho público  y por la existencia de elementos de convicción que no se someterá a proceso, al haber presentado certificado domiciliario avalado por dos testigos cuya calidad no se conoce sin acompañar facturas  de luz y agua  que acrediten que el imputado tiene domicilio conocido  y un certificado de trabajo sin nombre 3) si el recurrente se siente agraviado por la resolución que cuestiona tiene el recurso de apelación previsto por el art. 251 del Código de Procedimiento Penal.

           El representante del Ministerio Público requiere porque se declare improcedente      el Recurso con el argumento de que  existe una querella contra el recurrente y que su detención preventiva ha sido ordenada con jurisdicción y competencia por el Juez Cautelar, resolución que es susceptible del recurso de apelación del que no ha hecho uso.