SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1100/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1100/01-R

Fecha: 18-Oct-2001

a)

A su turno, el Juez Segundo de Partido del Trabajo y Seguridad Social dio lectura a su informe escrito cursante a fs. 51 a 52, donde señala: a) que el proceso nace como consecuencia de una demanda por nuevo cálculo de renta de vejez solicitada por Sergio Vaca Zambrana en contra del Fondo de Pensiones Básicas de la ciudad de Santa Cruz, proceso dentro del cual se dictó sentencia el 31 de mayo de 1997, la que adquirió ejecutoria porque la parte recurrente no hizo uso de los recursos que la Ley permite; b) que por Auto de 8 de abril de 2000 dispuso se cite al Director o Administrador de la Unidad de Reordenamiento dependiente del Ministerio de Comercio Exterior e Inversión como encargado de administrar y liquidar el ex Fondo de Pensiones Básicas otorgándole el plazo de 3 días a partir de su citación para que dé cumplimiento a la sentencia, resolución que apelada fue confirmada en todas sus partes por la Sala Social y Administrativa; c) que actuó con plena jurisdicción y competencia toda vez que su actuación se encuentra amparada en los arts. 42 y 43 del Código Procesal del Trabajo, toda vez que la sentencia ejecutoriada es contra el Fondo de Pensiones Básicas de la ciudad de Santa Cruz siendo su función como juzgador hacer cumplir la sentencia.

Por su parte el Juez Tercero de Partido del Trabajo y Seguridad Social dio lectura a su informe cursante a fs. 53 a 54 de obrados, donde señala que lo único que hizo en suplencia legal del Juez Segundo de Partido del Trabajo fue conminar al recurrente al cumplimiento de la sentencia ejecutoriada de 31 de mayo de 1997 en estricta aplicación del art. 213 y siguientes del Código Procesal del Trabajo concordante con el art. 514 del Código de Procedimiento Civil.