Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1108/01-R
Fecha: 19-Oct-2001
1.
1. Efectuada la audiencia pública en 8 de septiembre de 2001, tal como consta en el acta de fs. 10 a 11 del expediente, el abogado del recurrente ratifica los términos del memorial de demanda añadiendo que: a) al existir un proceso penal en la provincia Larecaja en contra de su patrocinado, debía ser conducido a dicha provincia para que asuma defensa; b) reitera que su defendido se encuentra cumpliendo una condena sin tener sentencia ejecutoriada.