Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1141/01-R
Fecha: 26-Oct-2001
17 de septiembre de 2001, los Jueces ahora recurridos dictaron el Auto complementario
6. Que el 17 de septiembre de 2001, los Jueces ahora recurridos dictaron el Auto complementario ratificando la detención preventiva del recurrente ordenada en el Auto de Apertura de Proceso, disponiendo que la misma sea cumplida en el Centro de Rehabilitación “Santa Cruz”. Dicho Auto no fundamentó el riesgo de fuga u obstaculización (fs. 23).