SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1150/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1150/01-R

Fecha: 31-Oct-2001

3.

3.   Concluida la audiencia el Tribunal de Amparo pronuncia Resolución que declara improcedente  el Recurso, citando la S.C. N° 187/99-R de 28 de septiembre de 1999,  fundamentando que el  Amparo Constitucional, no es sustitutivo de los recursos  ordinarios y extraordinarios establecidos por Ley, a favor de los litigantes, dado que  los  recurrentes,  pueden hacer valer los recursos que  la Ley les franquea dentro de una causa penal.