AUTO CONSTITUCIONAL Nº 32/01-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 32/01-CDP

Fecha: 13-Nov-2001

POR TANTO:

POR TANTO: El  Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado, 7.8)  y 102-V de la Ley  Nº 1836,  APRUEBA  la Resolución cursante a fs. 1239,  dictada el 23 de abril de 2001, por el Juez de Partido en lo Civil  de  Quillacollo.