SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1180/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1180/01-R

Fecha: 13-Nov-2001

(fs. 47)

2)  Que, el 28 de junio de 2001, en aplicación del artículo 35 de la Ley Nº 2028, los Concejales miembros de la Comisión de Ética María Thila Fajardo y Mario Caihuara Salas dictan Auto Inicial de Sumario contra los recurrentes, con el cual al día siguiente fueron notificados pero rehusaron firmar el formulario correspondiente (fs. 47). Que cumplido el plazo para responder e informar acerca de los cargos, los recurrentes no se apersonaron, lo que dio lugar a que por Auto de 9 de julio de 2001, se los declare rebeldes y contumaces a la Ley y se abra el término probatorio de prueba improrrogable de 10 días hábiles, con el cual fueron notificados el 11 del mismo mes y año, oportunidad en la que también rehusaron firmar (fs. 50-51)