SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1200/01-R
Fecha: 19-Nov-2001
entendida como “
Que de lo anteriormente señalado se concluye que en el caso objeto de análisis no existe persecución indebida -entendida como “la acción de un funcionario público o autoridad judicial que busca, persigue u hostiga a una persona sin que exista motivo legal alguno ni una orden expresa de captura emitida por autoridad competente en los casos establecidos por la Ley, o cuando se emite una orden de detención, captura o aprehensión al margen de los casos previstos por Ley e incumpliendo las formalidades y requisitos de ella".
Que tampoco existe procesamiento indebido ya que el asunto se encuentra en fase de investigación y elaboración de diligencias de Policía Judicial, no habiéndose abierto aún la fase jurisdiccional. En este sentido ya se han pronunciado las Sentencias Constitucionales Nº 026/00-R y 587/01-R, entre otras.
- Vistos:
- Considerando:
- a)
- entendida como “
- “Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad a la Ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella,...”,
- Por tanto: