SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1294/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1294/01-R

Fecha: 07-Dic-2001

sin recurso ulterior

De acuerdo al art. 85 de la L. Nº 1715, las providencias y Autos interlocutorios simples admiten Recurso de Reposición, sin recurso ulterior. En el caso que se analiza, la recurrente formuló Recurso de Reposición que fue rechazado, no quedándole otra vía que el Amparo Constitucional para la defensa de los derechos que estima lesionados, razón por la que se debe ingresar al examen de la problemática planteada.