SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1366/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1366/01-R

Fecha: 19-Dic-2001

2.

2.   Que, el 20 de septiembre de 2001, el recurrente presentó memorial refiriéndose al informe del recurrido expuesto en la audiencia que se fijó para resolver la recusación (fs. 20); y por otro memorial de 2 de octubre del mismo año, reclamó la providencia del primero, ante lo cual el recurrido pidió informe al Oficial, quien cumplió con la orden el 10 del mismo mes y año, indicando que el extrañado memorial y su providencia fueron devueltos personalmente al recurrente en la misma fecha de su presentación conforme fue decretado (fs. 22). Que en base a dicho informe, el recurrido providenció que el memorial de 20 de septiembre fue devuelto y con referencia al memorial de 2 de octubre dispuso nuevamente que en observancia del art. 80 del Código de Procedimiento Penal sea devuelto por guardar relación con el primero (fs. 22 vta.).