Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1366/01-R
Fecha: 19-Dic-2001
Improcedente
Que, concluyendo con el acto el Tribunal del Recurso declaró Improcedente el Recurso en aplicación del art. 96-3) de la Ley Nº 1836, por cuanto el recurrente podía haber hecho uso de otros recursos ordinarios como son los de reposición, de revocatoria o de apelación conforme a los arts. 277 y siguientes del Código de Procedimiento Penal.