Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1366/01-R
Fecha: 19-Dic-2001
3.
3. Que, el 10 y 11 de octubre de 2001, en cumplimiento de dicha providencia el Oficial de Diligencias y la Auxiliar del Juzgado a cargo del recurrido, se presentaron en la oficina del recurrente, pero éste rehusó recibir los actuados, por lo que al día siguiente 12 de octubre de 2001, volvieron y efectuaron la diligencia en presencia de testigos (fs. 23, 24 y 25).