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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1366/01-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1366/01-R

    Fecha: 19-Dic-2001

    3.

    3.   Que,  el 10 y 11 de octubre de 2001, en cumplimiento de dicha providencia el Oficial de Diligencias y la Auxiliar del Juzgado a cargo del recurrido, se presentaron en la oficina del recurrente, pero éste rehusó recibir los actuados, por lo que al día siguiente 12 de octubre de 2001, volvieron y efectuaron la diligencia en presencia de testigos (fs. 23, 24 y 25).

    • VISTOS:
    • CONSIDERANDO:
    • Por su parte, el recurrido informa
    • Improcedente
    • 1.
    • 2.
    • 3.
    • 4.
    • El Juez podrá ordenar se devuelva al litigante los memoriales que no guarden el respeto debido a la Autoridad Judicial, o que contengan palabras o frases ofensivas o difamatorias
    • POR TANTO:

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