SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1384/01-R
Fecha: 20-Dic-2001
3.
3. Asevera que al haber sido sancionado sin ser oído en proceso ante el Tribunal de Honor, se ha coartado su derecho al trabajo, a la propiedad privada, a la vida, sustento y educación de su familia, por lo que interpone el presente recurso pidiendo sea declarado procedente y, como consecuencia, se ordene a las autoridades sindicales demandadas dejen sin efecto todos los actos arbitrarios cometidos en su contra. Asimismo se ordene la restitución de sus derechos constitucionales, devolviéndole el vehículo y el lote de terreno, dejando sin efecto los documentos suscritos bajo presión y se ordene proceder con el proceso ante el Tribunal de Honor del Sindicato.
3. Que mediante nota de 24 de enero de 2000, dirigida a los Delegados y Miembros de las Líneas “B” y “U” reconoce haber asumido el compromiso de cumplir con el pago de la suma de dinero que se le había hecho cargo realizando una propuesta de pago (fs. 59-60). Posteriormente mediante nota de 1 de marzo del mismo año reformuló su proposición (fs. 61).