SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1384/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1384/01-R

Fecha: 20-Dic-2001

4.

Por su parte, los recurridos informaron que efectivamente una comisión revisora determinó que faltaban $US. 32.000.- del sindicato, debido a los cheques girados en descubierto por el recurrente, quien reconoció la deuda ofreciendo un lote de su propiedad y el micro de su suegra para pagar la deuda, firmando al efecto una minuta reconocida. También se comprometió a pagar el saldo de $US. 7.000.- con el trabajo diario del micro de su propiedad, por lo que no se violó ningún derecho constitucional del recurrente, quien continúa  trabajando.

4.   Que mediante documento privado reconocido de 18 de junio de 1999, el recurrente se comprometió a cancelar la suma determinada por la comisión revisora garantizando su cumplimiento con sus vehículos placa de control Nos. CBA 979 y CBA 668, los que trabajaban en la indicada línea, autorizando la suspensión de los mismos en caso de no cumplir con la obligación que asumía en la forma determinada en la reunión de socios (fs. 64) Mediante documento privado reconocido de de 29 de junio de 2000 el recurrente junto a Virginia Guzmán Vda. de Hidalgo suscribieron un documento de reconocimiento de deuda y compromiso de pago, donde el primero transfiere como parte de pago un inmueble de su propiedad y el motorizado de propiedad de la segunda; asimismo se compromete a cancelar el remanente pagando Bs50 diarios con el trabajo de su micro (fs.- 62-63).