Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 005/01-ECA
Fecha: 13-Feb-2001
AL TERCERO:
“Se mantiene la unidad del fondo de capitalización colectiva y conserva el beneficio establecido en la Ley Marco (Ley de Capitalización) a favor de los bolivianos mayores al 31 de diciembre de 1995, establecido como objeto del fideicomiso; lo que cambia, con relación a los beneficiarios, es la forma de obtener los beneficios de pago...”.