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    AUTO CONSTITUCIONAL Nº 005/01-ECA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL Nº 005/01-ECA

    Fecha: 13-Feb-2001

    ENMIENDA

    Como se dejó sentado precedentemente, no existe ninguna contradicción en el fallo. Desde el punto de vista procesal es inatendible la solicitud de declarar la inconstitucionalidad de los arts. 3, 4, 5 y 9 de la Ley de Propiedad y Crédito Popular en la vía de enmienda, por ser contrario a lo previsto en el art. 50 de  la L. Nº 1836.

    • VISTOS:
    • AL PRIMERO:
    • se ha constatado
    • AL SEGUNDO:
    • AL TERCERO:
    • AL CUARTO:
    • AL QUINTO:
    • ENMIENDA
    • Al punto 3.1:
    • Al punto 3.2:
    • Al punto 3.2.2. y 3.2.3:

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