Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 089/01-R
Fecha: 01-Feb-2001
Fragmento 6
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y los arts. 94 y 102-V de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Resolución de 13 de diciembre de 2000 dictada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz.
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- a)
- improcedente
- 2. Que el 7 de septiembre de 1999, la sentencia fue notificada al defensor de oficio de los demandados y se procedió, a solicitud de la actora, a la publicación de un edicto el 12 de septiembre del mismo año en un periódico de circulación nacional (fs. 128; 131).
- Fragmento 6