Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 154/01-R
Fecha: 19-Feb-2001
auto Nº 270/2000 de 20 de octubre de 2000,
Que no obstante lo anterior, por auto Nº 270/2000 de 20 de octubre de 2000, el Tribunal de Amparo revocó la Resolución que admite el Recurso y resolvió rechazar la demanda de Amparo Constitucional con el argumento de que "los poderes de fs. 51 a 56 vlta. no individualizan a las personas contra quienes se ha planteado el recurso, (sic) "motivo por el cual el recurrente Jaime Navarro Tardío, carece de personería" (fs. 90).