Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 163/2001- R
Fecha: 28-Feb-2001
Fragmento 7
Que la seguridad jurídica sido entendida por este Tribunal como la "condición esencial para la vida y el desenvolvimiento de las naciones y de los individuos que la integran. Representa la garantía de la aplicación objetiva de la Ley, de tal modo que los individuos saben en cada momento cuáles son sus derechos y sus obligaciones, sin que el capricho, la torpeza o la mala voluntad de los gobernantes pueda causarles perjuicio" (así, Auto Constitucional No. 287/99 - R, Sentencia Constitucional Nº 194/00 y 243/00 entre otras)