Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 177/01-R
Fecha: 05-Mar-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts 18-III, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley N° 1836, APRUEBA la Sentencia de fs. 10 dictada en 30 de enero de 2001 por el Juez de Partido en lo Penal de la ciudad de El Alto, La Paz; disponiéndose que el Juez de Hábeas Corpus, en ejecución de Sentencia, determine los daños y perjuicios, de acuerdo al art. 91 de la Ley N° 1836.