SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 233/01 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 233/01 - R

Fecha: 23-Mar-2001

a)

A su turno la autoridad recurrida aclaró que su representado no era la máxima autoridad de Migración pero sí un funcionario jerárquico directamente dependiente del Director de Migración, e informó: a) Que Juan Pachecho Osco, la recurrente y sus hijas adquirieron la condición de refugiados titulares a través de la Resolución Nº 360 de 22 de noviembre de 1996 emitida por el CONAPRE; b) Que el 5 de marzo de 1998 Juan  Pacheco renunció a esa condición y con este acto de repatriación voluntaria automáticamente perdieron la condición de refugio de acuerdo a las convenciones y normas internacionales abandonando el país; c) El 20 de febrero de 2001 Juan Pacheco Osco y la recurrente se apersonan a Migración indicando que deseaban ingresar a Chile no dándose  curso a su solicitud constatándose que la recurrente ingresó a su país y salió del mismo de manera ilegal volviendo a ingresar a nuestro país de manera irregular;  d)   Que el Consejo Técnico de Migración después de analizar el caso concluyó que la recurrente violó disposiciones migratorias en vigencia concretamente el art. 48 inc. d) del D.S. 24423 por lo que se dispuso su expulsión al Perú habiendo solicitado al efecto a la Policía Técnica Judicial la tenga en depósito, pero al día siguiente a través de una comunicación oficial se conoció que la referida y su familia estaban solicitando refugio en Bolivia por lo que fue  puesta en libertad; e) Que la recurrente y su familia no tienen la calidad de refugiados. Por lo expuesto solicitó se declare improcedente el Recurso toda vez que la recurrente infringió normas migratorias vigentes.

Por su parte el funcionario policial recurrido informó que la recurrente fue conducida a celdas policiales de la calle Sucre por disposición de la autoridad de Migración a altas horas de la noche siendo puesta en libertad a primeras horas de mañana del día siguiente. Aclaró que no se recibió a la recurrente en celdas de la Policía Técnica Judicial.