SENTENCIA Constitucional N° 246/01-r
Fecha: 27-Mar-2001
a)
A su turno, la autoridad judicial recurrida informó: a) Que el Banco del Estado inició un proceso coactivo fiscal contra la empresa “Rocket” de propiedad de Salvador Hirmas habiéndose llegado a la instancia de subasta y remate de todos los bienes inmuebles de la empresa referida, entre los que se encuentra el inmueble de calle Ayacucho y La Plata que fue adjudicado al mismo Banco por ausencia de postores; b) Que posteriormente el Banco Mercantil inició un proceso ejecutivo contra Elsa Hirmas y otro el que previo los trámites de rigor llegó a la etapa de subasta y remate de los bienes de la Empresa “Rocket” encontrándose también el inmueble de calle Ayacucho y La Plata, que fue adjudicado al recurrente; c) Que ante la circunstancia de que el mismo inmueble fue objeto de dos adjudicaciones judiciales el Banco del Estado inició un proceso ordinario en el Juzgado Tercero de Partido en lo Civil en contra del Banco Mercantil S.A. y el recurrente que concluyó con la Sentencia que declara: “probada la demanda de fs. 23-25 vta. en cuanto se refiere a la nulidad del remate, cancelación de la partida e inscripción de escritura pública e improbadas las excepciones formuladas a fs. 101-104 y 126-128 de falta de acción de derecho, sin costas por tratarse de una acción doble declarándose nula la subasta, remate y adjudicación del bien inmueble sito entre calles Ayacucho y La Plata dentro del proceso ejecutivo seguido por el Banco Mercantil contra Inés Hirmas de Tapia y Jaime Hirmas, nula la escritura pública 484 de 30 de abril de 1990 disponiendo la cancelación de la partida correspondiente en el Registro de Derechos Reales, salvando los derechos de terceros a la vía llamada por Ley, Sentencia que al presente tiene calidad de cosa juzgada de cumplimiento imperioso e ineludible, por lo que su autoridad sólo obró en cumplimiento a dichas resoluciones y a lo dispuesto por los arts. 33, 45-II de la Ley de Abreviación Procesal Civil disponiéndose se libre el mandamiento de desapoderamiento con facultad de allanamiento, por lo que solicitó se declare improcedente el Recurso.