SENTENCIA Constitucional N° 246/01-r
Fecha: 27-Mar-2001
CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al art. 19 de la Constitución Política del Estado el Recurso de Amparo Constitucional procede contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de los funcionarios o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos y garantías de la persona reconocidos por la Constitución y las leyes, siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados.
Que el art. 51-II de la Ley de Abreviación Procesal Civil respecto a la ejecución coactiva de garantías reales dispone que: “El procedimiento del remate, se sujetara a lo dispuesto en el Capitulo II; Titulo II del Libro III del Código de Procedimiento Civil con las modificaciones establecidas en los arts. 32 a 46 de la presente Ley”, lo que significa que dentro del proceso coactivo es aplicable lo previsto respecto al desapoderamiento.