SENTENCIA Constitucional N° 247/01-r
Fecha: 27-Mar-2001
a)
A su turno, la autoridad judicial recurrida informó: a) Que en la parte resolutiva de la sentencia que dictó dispuso que los demandados, ahora recurrentes, entreguen el lote de terreno en el plazo de treinta días bajo prevención de desapoderamiento habiéndose salvado sus derechos para que se hagan compensar mejoras a la vía ordinaria, encontrándose la misma plenamente ejecutoriada por lo que debe ser ejecutada conforme lo disponen los arts. 514, 515 y 517 del Código de Procedimiento Civil; b) Que pese a ello los recurrentes promovieron un incidente solicitando el reconocimiento de mejoras el que fue rechazado estando pendiente un recurso de apelación, porque de haberlo admitido se hubiera modificado los términos de la sentencia; c) Afirmó que los recurrentes iniciaron un proceso ordinario, para hacer valer el pago de las mejoras ante el Juzgado Segundo de Partido en lo Civil pues se le han remitido oficios pidiéndole suspenda la orden de desapoderamiento interfiriendo en el cumplimiento de una resolución ejecutoriada. En razón de lo informado, pide se declare improcedente el Recurso.