SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 253/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 253/01-R

Fecha: 28-Mar-2001

4)

4)   Por memorial de 5 de enero de 2001 (fs. 11), el recurrente  pide se ejecute la sentencia del proceso librando mandamiento de desapoderamiento, ante lo que el Juez recurrido dictó el Auto de 8 de enero (fs. 11 vta.) en el que, considerando que la mencionada sentencia declaró probada también la demanda reconvencional, en lo relativo al pago de mejoras, dispone la apertura de término probatorio de 20 días para probar la existencia o no de las mismas, ordenando que la demandada entregue el inmueble dentro de tercero día de la ejecutoria de este Auto.