SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 260/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 260/01-R

Fecha: 02-Abr-2001

3.

3.   De fs. 144 a 147 corre la Resolución de 7 de marzo de 2001, que declara procedente el Recurso, con el fundamento de que la detención del recurrente era ilegal pues del informe prestado por los recurridos se estableció que no existía convicción plena de que el recurrente sea Pedro Gudiño Chumacero, por lo que existía error en la persona.

3)   Que conforme reconocen los jueces recurridos que al tener conocimiento de la detención del co-procesado Pedro Gudiño Chumacero a través del informe suscrito por el Tte. Jorge Rossi Iturri que daba cuenta de la detención del prófugo declarado rebelde, libraron mandamiento de detención formal en su contra   (fs.138).