Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 260/01-R
Fecha: 02-Abr-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley 1836, APRUEBA en parte la Resolución Nº 029/2000 cursante de fs. 144 a 147, pronunciada el 7 de marzo de 2001 por el Juez Primero de Partido en lo Penal con relación a los Jueces de Sustancias Controladas recurridos y declara IMPROCEDENTE con relación al Fiscal de Materia adscrito al Juzgado de Sustancias Controladas, disponiendo únicamente la libertad del recurrente pues la entrega del dinero y documentos deben ser solicitados al Juzgado competente. Debiendo darse aplicación al art. 91-VI de la Ley Nº 1836.