SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 301/01-R
Fecha: 09-Abr-2001
Fragmento 6
Que, el proceso ejecutivo ha sido ordinarizado por los ejecutados, ahora recurrentes, según consta en el memorial de 31 de julio de 2001, cursante a fs. 278 a 289, en el que solicitan la anulación de proceso ejecutivo y especialmente del Auto de Vista de 10 de marzo de 2000; en el mismo memorial solicitan que los ejecutantes presten fianza de resultas. Asimismo los recurrentes suscitaron ante el Juez recurrido la nulidad de obrados, por violación al debido proceso y al derecho a la defensa (fs. 290 a 291); opusieron -además- excepciones perentorias de cosa juzgada, sentencia sin contenido, dolo en el fallo (fs. 293 a 295), incidentes que fueron rechazados mediante Resolución Nº 174/00 de 9 de noviembre de 2000, habiendo los ejecutados solicitado complementación y enmienda, solicitud que fue denegada, resolución que fue apelada, habiéndose concedido el Recurso por auto de 15 de diciembre de 2000 ante la Corte Superior de Distrito, encontrándose pendientes de resolución tanto el recurso de apelación como la acción ordinaria anteriormente indicada.