SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 377/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 377/01-R

Fecha: 25-Abr-2001

4.

4.   Que, el 14 de febrero de 2000, el recurrente presenta memorial ante el Alcalde recurrido indicando que al no ser resuelta en su favor la reconsideracion “... aceptando lo resuelto por el Concejo Municipal, hago la presente oferta... Con este antecedente para no causar mayores problemas a ese Municipio, y aceptando esta doble cesión y evitar procesos en la vía contenciosa ... solicito que se me acepte pagar en dinero el equivalente de los 1.499.67 M2 y los restantes 818.58 M2 .... lo haré mediante cesión, pido a Ud. lo acepte en forma inmediata.” (sic.)(fs. 58).