Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 377/01-R
Fecha: 25-Abr-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y el art. 102-V de la Ley No. 1836, APRUEBA la Sentencia de 7 de marzo de 2001 corriente de fs. 91 a 94 de obrados, dictada por el Juez de Partido de Familia, Niñez y Adolescencia de Quillacollo del Distrito de Cochabamba, disponiendo que dicho Tribunal proceda conforme al artículo 102-III de la Ley Nº 1836.