Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 380/01-R
Fecha: 25-Abr-2001
improcedente
Que finalizada la audiencia pública el Tribunal declaró improcedente el Recurso, fundamentando que: “...no existen los actos ilegales u omisiones indebidas que restrinjan o supriman derechos o garantías del recurrente que hubiere conculcado la autoridad recurrida y que sus actos están ajustados a las normas legales y procesales y de cumplimiento obligatorio; consiguientemente, no es viable el presente recurso.”