SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 381/01 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 381/01 - R

Fecha: 26-Abr-2001

3.

3.   De fs. 128 a 129 corre la Resolución Nº 15/01 SSAII de 27 de marzo de 2001 que declara procedente el Recurso con los siguientes fundamentos: a) Que el recurrente en su condición de abogado está amparado y sujeto en el ejercicio de la profesión por la Ley de la Abogacía;  b) Que la autoridad demandada al  haberse dispuesto el procesamiento del recurrente vulneró los arts. 9 y 43 de la Ley de la Abogacía así como los derechos y garantías del recurrente previstos por los arts. 7-d), 8, 16, y 18 de la Constitución Política del Estado.