Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 034/01
Fecha: 29-May-2001
VII.3
VII.3 El INASES se encuentra bajo la tuición del Ministerio de Salud y Previsión Social, y de conformidad al art. 6 - a) del D.S. No. 25798 tiene la atribución de proponer al Ministro de Salud normas relativas al sistema de seguros de salud y, según el inciso o) del mismo artículo podrá reglamentar la afiliación, reafiliación y desafiliación de empresas, asegurados y beneficiarios a los seguros de salud, entonces, “en correspondencia con el inciso anterior ... deberá ... proponer al Ministerio de Salud y Previsión Social, dicha norma para su aprobación”. Por ende, al actuar el INASES por delegación del Ministerio de Salud, éste puede aprobar o rechazar las decisiones del delegado.