SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 034/01
Fecha: 29-May-2001
VIII.5
VIII.5 El 11 de enero de 2001, el Ministerio de Salud y Previsión Social dictó la Resolución Ministerial No. 0003 (fs. 13 y 14), por la que, “ante las contradicciones suscitadas entre el INASES y los entes gestores”, siendo “deber de esa Cartera de Estado en ejercicio de la tuición ejercida, intervenir en la incoordinación que se estuviere presentando” (sic) entre los señalados órganos, dispone la constitución y conformación de una “Comisión Interinstitucional integrada por un representante titular de cada ente gestor y del INASES, bajo la presidencia del Vice Ministro de Previsión Social o su delegado, para que en el término de 30 días calendario emita un pronunciamiento fundamentado de lo que estuviere aconteciendo entre estas instituciones, sus soluciones y, en su caso, el proyecto de disposición normativa que origine las desinteligencias producidas y sea en el marco del ordenamiento legal” (sic).