SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 31/2001
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 31/2001

Fecha: 28-May-2001

o contra resoluciones dictadas o actos realizados por autoridad judicial que esté suspendida de sus funciones o hubiere cesado

IV.4. Que el Recurso Directo de Nulidad instituido por los arts. 120-6) de la Constitución Política del Estado y 79 de la Ley N° 1836, procede contra todo acto o resolución de quien usurpe funciones que no le competen, así como contra los actos de quien ejerza jurisdicción o potestad que no emane de la Ley, o contra resoluciones dictadas o actos realizados por autoridad judicial que esté suspendida de sus funciones o hubiere cesado, lo que no sucede en el presente caso toda vez que el recurrido actuó con plena jurisdicción y competencia al dictar la Resolución impugnada de 19 de enero de 2001.