Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 404/01-R
Fecha: 08-May-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley No. 1836, APRUEBA la Resolución No. 11/2001 corriente a fs. 155 y 156, dictada el 28 de marzo de 2001 por los Conjueces de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro.
- Partes:
- VISTOS:
- Fragmento 3
- CONSIDERANDO:
- a)
- 3.
- 1)
- 2)
- 4)
- 5)
- 6) Mediante Resolución No. 004/2001 de 1 de marzo de 2001 (fs. 120 a 122), la Corte Superior de La Paz en Sala Plena resuelve rechazar la petición de declinatoria de jurisdicción del co - encausado Juan Veza Chávez
- 7)
- se entiende por procesamiento ilegal o indebido la acción en la que un juez o tribunal judicial, a tiempo de sustanciar un proceso penal, lesiona la garantía constitucional del debido proceso
- POR TANTO:
- MAGISTRADO MAGISTRADA