SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 405/01-R
Fecha: 08-May-2001
3) El Informe C.I.M. No. 872/2000 de 12 de julio de 2000 emitido por la Alcaldía Municipal de La Paz expresa que el inmueble con código catastral 31-215-6 corresponde a Alex Valle Feldman
3) El Informe C.I.M. No. 872/2000 de 12 de julio de 2000 emitido por la Alcaldía Municipal de La Paz expresa que el inmueble con código catastral 31-215-6 corresponde a Alex Valle Feldman, con una superficie de 382 m2 según Certificación de Registro Catastral No. 5719/99 de 13 de julio de 1999 (fs. 55). La certificación de 25 de agosto de 2000 (fs. 62) de la Unidad de Ingresos de ese Municipio manifiesta que Alex Valle Feldman es propietario del inmueble precedentemente individualizado, habiendo pagado impuestos por las gestiones 1994 a 1997. Asimismo, el certificado de la Oficina de Derechos Reales de 26 de agosto de 2000 (fs. 64), evidencia la hipoteca recaída sobre el inmueble antedicho, anotada en 9 de agosto de 1999.
4) En ejecución de sentencia, el 18 de agosto de 2000 se embargó el inmueble (fs. 59 vta.), y luego de realizarse dos remates en los que no se presentaron postores (fs. 81 y 89), el Banco acreedor se adjudicó el bien (fs. 90 vta.), emitiéndose la escritura pública No. 3165/2000 de 27 de noviembre de 2000 (fs. 93 a 99).
- VISTOS:
- 1.
- a)
- IMPROCEDENTE
- CONSIDERANDO:
- 3) El Informe C.I.M. No. 872/2000 de 12 de julio de 2000 emitido por la Alcaldía Municipal de La Paz expresa que el inmueble con código catastral 31-215-6 corresponde a Alex Valle Feldman
- 7) No consta en el expediente documento alguno que acredite haber un ocupante en el inmueble; menos reclamo alguno de otro presunto dueño de éste, consecuentemente no existe notificación a ocupante alguno. No hay constancia de haberse emitido mandamiento de desapoderamiento o que la “cuidadora” hubiese sido contratada por la recurrente.
- , consta la escritura pública No. 2427/99 de 6 de diciembre de 1999, relativa a la venta judicial a favor de Gloria Joanne Soria de Montaño, sobre el inmueble ubicado en Inca Llojeta, calle No. 2, El Rosal,
- existen derechos controvertidos
- POR TANTO: