Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 492/01-R
Fecha: 22-May-2001
2.
2. Que, el titular a cargo de dicho juzgado, luego de que el Instituto Geográfico Militar de Trinidad le informara que el fundo rústico “Chevejecure Viejo” se encontraba dentro de la Provincia Yacuma, por Auto de 17 de agosto de 2000 declinó jurisdicción remitiendo lo obrado ante el recurrido en su calidad de Juez Agrario de la Provincia Yacuma (fs. 155 y vta.).