SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 492/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 492/01-R

Fecha: 22-May-2001

3.

3.   Que, radicado en el Juzgado a cargo del recurrido, éste prosiguió el trámite hasta dictar sentencia declarando probada la demanda estableciendo como hecho probado por la parte demandante que el fundo rústico “Chevejecure Viejo” fue separado del fundo exclusivo “Chevejecure” mediante documento suscrito por el que fuera propietario de éste último Oswaldo Rea Galloso y Justa Judith Arias vda. de Rea; cuyas colindancias según ese documento son al: “... Norte, y Oeste Arroyo Chevejecure; Sur, Río Moseruna y Montes Baldíos, Este, Montes Baldíos:= CUARTA...” (fs. 39-40), por lo que dispuso que en ejecución de sentencia el demandado restituya “la parte del fundo rústico Chevejecure Viejo... bajo apercibimiento de lanzamiento” (fs. 164-166).