Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 492/01-R
Fecha: 22-May-2001
4.
4. Que ante esa resolución el demandado -ahora recurrente- mediante representante interpone Recurso de Nulidad (fs. 174-175), que es declarado infundado por el Auto Nacional Agrario Nº S 1ª 007/2000 de 22 de diciembre de 2000, en el cual se estableció en forma consecuente con la sentencia dictada por el recurrido que las 346.8362 Has. sobre las cuales se demandó el Interdicto, fueron desglosadas de la totalidad de superficie que fuera el fundo que ahora tiene el recurrente (fs. 188-190).