Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 503/01-R
Fecha: 29-May-2001
5)
5) Los certificados de 10 de abril de 2001 que cursan a fs. 15, 16 y 17, suscritos por el Director Distrital de Migración en Oruro, establecen que el recurrente no efectuó ningún reclamo para su restitución; que la “Dirección del Servicio Nacional” ha estado en constante proceso de reestructuración administrativa desde el inicio de su gestión; que esa Dirección no tiene conocimiento alguno de las denuncias efectuadas contra Nilton Nicéforo Arce Lozano.