SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 503/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 503/01-R

Fecha: 29-May-2001

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que  de conformidad al artículo  Quinto de la Ley No. 2104 de 21 de junio de 2000,  la Ley No. 2027 de 27 de octubre de 1999 denominada Estatuto del Funcionario Público, entrará en vigencia plena noventa días  después de la posesión del Superintendente del Servicio Civil.  Dicha posesión se ha realizado el 21 de marzo del presente año; en consecuencia, contrariamente a lo sostenido en la Resolución que se revisa, aún no está en vigor la citada Ley, no siendo aplicables sus disposiciones en ningún caso.

CONSIDERANDO:  Que el Amparo Constitucional ha sido instituido como un Recurso Extraordinario que otorga su protección contra los actos ilegales y las omisiones indebidas de funcionarios o particulares que restrinjan, supriman, o amenacen restringir o suprimir derechos y garantías fundamentales de la persona reconocidos por la Constitución y las Leyes, siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para  la protección inmediata de tales derechos.